
Ugt España
cubre temas comunes en las leyes y reglamentos de empleo y trabajo – condiciones de empleo, representación de los trabajadores y relaciones laborales, discriminación, derechos de maternidad y permisos familiares y ventas de empresas.
Además de las fuentes del derecho laboral establecidas en el artículo 1.1 del Código Civil español (la ley, la costumbre y los principios generales del derecho), el artículo 3.1 del Estatuto de los Trabajadores español («ET») establece lo siguiente:
Según el artículo 8.1 del ET, los contratos podrán celebrarse tanto por escrito como verbalmente, siempre que ninguna de las partes solicite lo contrario. No obstante, según el artículo 8.2, los contratos de trabajo deben celebrarse por escrito en determinados casos (por ejemplo, los contratos de trabajadores contratados en España para trabajar en empresas españolas en el extranjero durante más de cuatro semanas, los contratos a tiempo parcial, los contratos fijos-discontinuos o los contratos de sustitución previa a la jubilación, entre otros). Si no se cumple este requisito, el contrato se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario.
Comité de empresa en España
Un estudio de la Confederación Sindical de CCOO ofrece una visión detallada de la representación sindical y de la participación de los trabajadores en las elecciones sindicales en España y constata que el sistema de representación sindical español sigue un modelo de «audiencia», es decir, se basa más en la representatividad electoral que en la afiliación.
En junio de 2015 se publicó uno de los estudios más completos y detallados sobre la representación sindical en España (en español, 7 MB PDF). Basado en datos de 2003 a 2012, también analiza en detalle la participación de los trabajadores en las elecciones de sus representantes. El estudio ha sido realizado por la Fundación 1º de Mayo, filial de la confederación sindical CCOO.
La representación sindical en Europa es una mezcla de dos factores: «presencia» (afiliación o membresía) y «audiencia» (representatividad electoral). Varía según el modelo sindical o el sistema de relaciones laborales de cada país. Según los datos de la Encuesta Europea de Empresas de 2013, la mayor proporción de trabajadores con representación se da en los países nórdicos (países con un alto nivel de afiliación sindical), seguidos de Europa central (países con un nivel medio de afiliación sindical y un alto nivel de representación a través de los comités de empresa), los países liberales (nivel medio de afiliación sindical) y, por último, los países del sur de Europa (con bajas tasas de afiliación sindical pero un alto nivel de representación a nivel de centro de trabajo).
Ccoo España
Un sindicato (labor union en inglés americano), a menudo denominado simplemente sindicato, es una organización de trabajadores que pretende «mantener o mejorar las condiciones de su empleo»,[1] como conseguir mejores salarios y prestaciones (como vacaciones, asistencia sanitaria y jubilación), mejorar las condiciones de trabajo, mejorar las normas de seguridad, establecer procedimientos de reclamación, desarrollar normas que regulen el estatus de los empleados (normas que regulen los ascensos, condiciones de despido por causa justa) y proteger la integridad de su oficio a través del mayor poder de negociación que ejerce la solidaridad entre los trabajadores.
El sindicato, a través de una dirección elegida y un comité de negociación, negocia con el empresario en nombre de sus miembros, conocidos como las bases, y negocia los contratos de trabajo (convenios colectivos) con los empresarios.
Originarios de Gran Bretaña, los sindicatos se popularizaron en muchos países durante la Revolución Industrial. Los sindicatos pueden estar formados por trabajadores individuales, profesionales, antiguos trabajadores, estudiantes, aprendices o desempleados. La densidad sindical, o el porcentaje de trabajadores que pertenecen a un sindicato, es mayor en los países nórdicos[3][4].
Requisitos para crear un sindicato en espaã±a del momento
La Constitución española otorga a los sindicatos la facultad de promover y defender los intereses económicos de los trabajadores. También les faculta para representar a los trabajadores en la negociación colectiva y para participar en los pasos preliminares de conciliación obligatoria, antes de que los conflictos puedan presentarse a los organismos gubernamentales de conciliación.
La libertad de asociación y representación son derechos fundamentales en la Constitución española. Todos los empleados (excepto los altos ejecutivos, es decir, los directores generales) están representados por los representantes elegidos. No hay distinción entre representantes de cuello azul y blanco. Es obligación de los trabajadores iniciar el proceso de elecciones, por lo que el empresario no tiene obligación de promoverlas. La libertad de asociación y representación incluye los siguientes derechos:
Existen dos tipos de representación de los trabajadores: los delegados individuales y los comités de empresa. Los delegados individuales representan a los trabajadores en empresas o centros de trabajo que tengan hasta cincuenta (50) trabajadores. Cuando la empresa o el centro de trabajo tenga más de cincuenta (50) trabajadores, los trabajadores nombrarán un comité de empresa formado por el siguiente número de miembros:
